Por Robert Guest - 18 De Abril, 2012
A menudo batallo al intentar explicar rápidamente a mis amigos que no son abogados exactamente cómo el Sistema de apelaciones está en contra de los acusados. Afortunadamente el caso de hoy, Barnes vs. Estado, deja ver claramente cómo los derechos constitucionales de los acusados se omiten efectivamente mediante aspectos técnicos. Es un Caso de Drogas del Condado Kaufman, que apeló al 5to Distrito de Dallas.
¿Qué sucedió?Barnes presentó una moción de exclusión alegando que la investigación policiaca era inconstitucional. Específicamente, Barnes buscaba excluir las declaraciones hechas durante la investigación. Esta moción fue negada (como lo son casi todas las mociones de exclusión).
Hubo un juicio del caso y el Estado ofreció un video conteniendo algunas evidencias que Barnes había intentado excluir anteriormente. El abogado de Barne dijo que “no objetaba” al video, y ¿por qué debería tener objeción? Ya había objetado antes del juicio y tuvo una audiencia por esa cuestión. Debería ser obvio a todos que él había desafiado esa evidencia, había perdido y no necesitaba desafiar esta evidencia de Nuevo. Fíjese como las cortes de apelaciones hacen para quitarles a los acusados el derecho de apelar.
En el juicio, cuando el Estado buscaba añadir la videocinta de la parada de tránsito conteniendo sus declaraciones a la evidencia, el consejo del acusado afirmativamente dijeron “Sin objeción.” Y cuando el Estado ofreció el análisis escrito de las drogas a la evidencia, el consejo del acusado de nuevo dijo “Sin objeción”. Cuando una moción antes del juicio para excluir evidencia es rechazada, el acusado no necesita objetar a la admisión de la misma evidencia en el juicio para preservar el error, pero si el acusado afirmativamente declara que “no tiene objeción” a la evidencia, él renuncia a cualquier error en su admisión. Holmes v. Estado, 248 S.W.3d 194, 200 (Tex. Crim. App. 2008).
Cuando el Estado le muestra la evidencia en el juicio, debe decir algo o el juez lo mirará fijamente y se preguntará si está poniendo atención. Entonces la regla es que no se requiere objetar de nuevo, pero si usted dice “sin objeción” entonces renuncia a cualquier cuestión que haya alegado antes del juicio. No puede quedarse parado sin decir nada, entonces realmente debe objetar de nuevo aunque la jurisprudencia dice que usted no debe hacerlo.
La función práctica de este sistema es apoyar las condenas y negarles a los acusados del derecho de culpar al Estado por violaciones Constitucionales. Ningún abogado tiene una audiencia de exclusión antes del juicio solo para renunciar a todas las quejas en el juicio. Hemos creado esta ficción legal porque permite que nuestro apelante ignore las violaciones constitucionales. En vez de darle al acusado su día en la corte de apelaciones, le decimos que él en realidad quería que la evidencia inconstitucional fuera usada en su contra. Esto es una tontería.
Entonces recuerde, aunque no se le requiere objetar, realmente si necesita hacerlo. Objete cada vez que pueda, a todo lo que pueda.